LA ENERGÍA ELÉCTRICA Y LA CREG


Germán Corredor Avella

Ingeniero y profesor



[1] La Ley 2099 de 2021, establece: “…Los expertos deberán reunir las siguientes condiciones:

a) Ser colombiano y ciudadano en ejercicio;

b) Tener título universitario en ingeniería, economía, administración de empresas o similares, derecho y estudios de posgrado; y

c) Contar con una reconocida preparación y experiencia técnica, en el área energética y haber desempeñado cargos de responsabilidad en entidades públicas o privadas del sector energético, nacional o internacional, por un periodo superior a seis (6) años; o haberse desempeñado como consultor o asesor por un período igual o superior….”


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *